¿Qué puedo hacer si no estoy conforme con la respuesta del INAI?
Los medios de impugnación son un recurso del INAI a través del cual obligan a los sujetos obligados a responder las solicitudes de transparencia

Si la respuesta del Instituto Nacional de Acceso a la Información y Protección de Datos (INAI) a tu solicitud de información no te deja satisfecho, debes saber que tienes un recurso para hacer valer tus derechos, la impugnación.
Los medios de impugnación son recursos a los que se pueden recurrir cuando un sujeto obligado (el organismo encargado de dar la información) no cumple. Por otro lado, estos recursos son atendidos, analizados y resueltos por las ponencias y el Pleno del INAI.
¿Cómo acceso a los medios de impugnación del INAI?
De acuerdo con el instituto, existen tres medios de impugnación:
1. Recurso de revisión
Procedimiento a través del cual la persona que hizo la solicitud puede impugnar la respuesta entregada al INAI.
El recurso de revisión se debe realizar dentro de los quince días hábiles a partir del siguiente día después de que se presentó la respuesta.
2 Recurso de inconformidad
Este procedimiento sirve para manifestar un desacuerdo con las resoluciones emitidas por los organismos garantes estatales. Además, debe presentarse quince días hábiles a partir del siguiente a la fecha de la notificación de la resolución impugnada.
Este recurso sólo podrá utilizarse sí
- Se entreguen datos personales incompletos.
- Se entreguen datos personales que no correspondan con los solicitados.
- Se niegue el acceso, rectificación, cancelación u oposición de datos personales.
- Se entregue o ponga a disposición datos personales en un formato incomprensible.
- El titular se inconforme con los costos de reproducción, envío, o tiempos de entrega de los datos personales.
Después de presentar esta solicitud, el INAI tiene 30 días hábiles para resolver el recurso de inconformidad; sin embargo, este plazo se puede una vez por otros 30 días.
3 Facultad de atracción
Estos son casos pendientes en materia de protección de datos personales que por su transcendencia e interés debe resolver el Pleno del INAI.
Para esta modalidad se consideran factores como:
- La finalidad del tratamiento de los datos personales.
- El número y tipo de titulares involucrados en el tratamiento de datos personales llevado a cabo por el responsable.
- La sensibilidad de los datos personales tratados.
Recuerda que el acceso a la información pública y la protección de datos personales es un derecho de todos los mexicanos.